Medidas alternativas para la contratación con discapacidad
¿Qué son las medidas alternativas?
Son una vía de cumplimiento legal para las empresas y están dirigidas a la creación de empleo para personas con discapacidad.
¿Sabías que las empresas de más de 50 trabajadores deben reservar al menos el 2% de su plantilla para personas con discapacidad?
(para empresas con más de 50 personas trabajadoras)
O, excepcionalmente, adoptar las medidas alternativas recogidas en el Read Decreto 364/2005 de 8 abril.
¿Qué medidas alternativas eliges?
Realización de donaciones y acciones de patrocinio económico, siempre de carácter monetario, para el desarrollo de actividades de inserción laboral y de creación de empleo para personas con discapacidad.
Celebración de un contrato mercantil o civil con un Centro Especial de Empleo o con una persona trabajadora autónoma con discapacidad.
Relación comercial entre una empresa ordinaria y un Centro Especial de Empleo, previa suscripción del correspondiente contrato. Este tipo de enclave laboral se encuentra regulado por el Real Decreto 290/2004, de 20 febrero.
Certificado de excepcionalidad
¿Qué te ofrece Funcasor?
- Experiencia en el desarrollo de programas de empleo y formación durante los últimos 30 años, dirigidos a mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad.
- Asesoramiento para conformar un producto a medida de las necesidad de la empresa.
- Transformar las donaciones y patrocinios en empleo.
Medidas alternativas para la contratación de personas trabajadoras con discapacidad
Realiza el cálculo mínimo de personas trabajadoras con discapacidad que deberá tener tu empresa para cumplir con la ley
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* Los contratos temporales de más de un año se computan como fijos y los contratos hasta 1 año se computan según el número de días trabajados: corresponderá un trabajador más por cada 200 días, sumados los que corresponden de festivos, vacaciones o descanso semanal.
